a) Velar por la ejecución y gestión el proceso de acompañamiento y evaluación de los PNF acreditados por la UNERMB en el marco de la Misión Sucre, que logre la calidad y pertenencia académica referidas en el proyecto de desarrollo económico y social de la Nación.

b) Articular y promover el trabajo cooperativo y solidario entre los integrantes de la Coordinación general de PNF-UNERMB.

c) Convocar las reuniones necesarias del mismo entre los Coordinadores de cada proyecto.

d) Gestionar, promover y hacer seguimiento al mejoramiento continuo de los PNF.

e) Realizar informes periódicos o cuando sean solicitados al despacho del vicerrector académico.

f) Cooperar las Coordinaciones de cada PNF, Coordinación de PNF Avanzada en la gestión de los mismos.

g) Aprobar el plan de desarrollo integral de la Coordinaciónes del PNF, la programación por trayecto y el correspondiente presupuesto.

h) Conocer el informe anual y los informes parciales del Coordinador(a) General de los PNF- UNERMB y enviarlos con las observaciones que considere pertinentes al Vicerrector Académico.

i) Dictar los reglamentos, normativas y manuales internos.

j) Considerar las modificaciones a la estructura de funcionabilidad de la Coordinación General de los PNF-UNERMB y hacerlas llegar al Vicerrectorado Académico y que éste las haga llegar con sus consideraciones, de haberlas, al CONDIR.

k) Conocer y resolver las solicitudes sobre apertura, cierre, modificación o supresión de núcleos, PNF, PNFA y demás dependencias, así como de la de elaboración y modificación de los planes de estudio.

l) Conocer y resolver de las proposiciones de nombramiento que hará el(la) Coordinador(a) General de los PNF-UNERMB para la provisión de los cargos de Coordinadores(as), Jefes(as) de Unidades, y demás posiciones directivas de la Coordinación General de los PNF-UNERMB, así como del personal docente y de investigación.

m) Estudiar y opinar sobre las medidas extraordinarias que, en relación con el funcionamiento de la Coordinación General de los PNF-UNERMB, deban ser propuestas por el (la) Coordinador(a) General de los PNF-UNERMB al Vicerrector(a) Académico(a).

n) Los demás que señalen la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley de Universidades, El Reglamento General de la UNERMB, y los que señalen el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología.